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Ley de Internación de Adictos por Voluntad Anticipada: 

A todos aquellos que les interese el tema, pueden ver el video que presenta directamente la diputada Nibia Reisch , impulsora del proyecto de Ley. 

Les doy mi opinión personal de lo que escucho y leo en medios gráficos y electrónicos.

 

Como muchos de mis seguidores conocen, me desempeño como Director de un Programa Ambulatorio para personas que atraviesan un consumo problemático o una adicción. 

Una de las tareas mas difíciles que realizamos, es Orientar a las familias cuando tienen un miembro adicto y éste no quiere realizar un tratamiento. Estas familias generalmente no saben como hacer para ayudar a su familiar que claramente vive en crisis y en inestabilidad sostenida, enloqueciendo y empobreciendo a toda la familia. 

Muchos de estos familiares vienen de frustración tras frustración al no encontrar herramientas que los ayuden a salir de la situación en la que se encuentran. 

Nosotros acompañamos a toda la familia a realizar lo que llamamos ESTRATEGIA de DEMANDA, que en términos muy sencillos, es un plan de sesiones con todos los miembros de la familia del adicto o consumidor problemático, y también incluyendo a otras personas significativas para el familiar que padece el malestar, y con una serie de herramientas que orientan y ordenan las acciones por parte de la familia, se persigue, entre todos, el objetivo de que la persona adicta o consumidor problemático, termine demandando una entrevista con un especialista en adicciones. Se utilizan herramientas de presión e influencia, límites amorosos pero firmes, y un trabajo de realizar un bloque entre la familia, con acuerdos de convivencia y de límites claros, evitando alianzas y otros sistemas que suele traer la familia y que son funcionales a que la persona adicta siga sin tratar su enfermedad. 

Este proyecto de ley podría ser muy importante como un instrumento más que se les pueda acercar a las familias que tienen un miembro en esta situación. 

Lamentablemente, la judicialización en Argentina por temas de adicciones es muy difícil y casi imposible para que las realicen las familias. Por otro lado, cuando las familias se acercan a Programas de tratamiento residencial, ambulatorio o de la modalidad que sea, y dicen que tienen un hijo/a , padre/madre, hermano/a o el familiar que sea con problemas de drogas y que no quiere tratarse, automáticamente reciben la misma respuesta, " lamentamos su situación, pero si su hijo no quiere realizar tratamiento, no podemos ayudarlos". Otros contestan, " dejen que toque fondo, y vengan a vernos una vez que esté decidido a un tratamiento." Otras respuestas son las clandestinas Granjas, Casas quintas y todo tipo de viviendas donde ofrecen tratamiento de internación cerrado. Les dicen a los padres que les envían personal a reducir o a utilizar la fuerza para buscar a sus hijos en sus domicilios y los cargan a un auto para internarlos en esas seudo instituciones rehabilitadoras. 

Se sorprenderían de escuchar la cantidad de familias que vienen a verme, después de haber pasado por la ESTAFA de haber accedido a estos sistemas nefastos que se aprovechan del dolor y la desesperación de una madre por salvar a su hijo por su consumo de drogas. Obviamente, nadie se puede recuperar encerrado a la fuerza, en contra de su voluntad y habiendo sido arrastrado hasta el lugar, literalmente secuestrado. 

Este proyecto es impulsado por el pedido a gritos de las familias uruguayas de la Organización Madres del Cerro, para que les den respuestas por parte del estado, a sus reclamos de atención a su problemática.

Cuando esté vigente esta ley, todas las personas mayores de edad y psíquicamente aptas, que padezcan adicción o consumo problemático de drogas, tendrán derecho a expresar anticipadamente su voluntad, en forma consciente y libre, de ser sometidos al tratamiento, si se encuentran en estado de intoxicación y aunque se nieguen en ese momento. 

Para mí esta es una herramienta fundamental, si se da en una instancia de tratamiento, donde la persona ya haya no solo expresado su intención de realizar alguna acción que tienda a tratarse, sino que además se haya comenzado con esa acción de tratamiento en la modalidad que sea. 

En ese momento y entendiendo lo complejo del proceso de deshabituación y cambio en temáticas de adicciones, me resulta coherente y congruente, el trabajo de ofrecer al paciente/ consultante, la posibilidad de firmar este consentimiento anticipado de la acción obligatoria de desintoxicación, conociendo los riesgos de sufrir no una recaída, algo muy habitual en estos procesos de cambio, sino mas bien, la vuelta al consumo, negando la voluntad que se había tenido para la recuperación en estado lúcido y en total libertad. 

La ley dice que la persona que firme su consentimiento y voluntad de tratamiento anticipada, debe ser mayor de edad, debe hacerlo no solo en un estado sobrio o en un acto de total conciencia de lo que está firmando, sino que lo debe hacer en presencia de un titular y dos testigos. También se puede efectuar la firma ante escribano público a través de un acta notarial y posteriormente homologada por la justicia. 

Me parece que hay que pensar bien, quienes son las personas que salgan como testigos de ese acto, donde obviamente deben ser mayores de edad y tener plena capacidad de obrar.

Las personas testigos que tengan una relación de parentesco directo con el adicto, deberían haber participado previamente de algún proceso de tratamiento o de Estrategia de demanda, ya que algunas familias tienen un mal trato con el familiar adicto y muchas veces solo quieren delegar la educación de sus hijos en otros y cuan paquete, depositarlo en una institución para sacárselo de encima. 

Para mi deberían estar incluidas como testigos de esa firma de voluntad anticipada, personas del equipo terapéutico tratante, o Consejeros de orientación familiar, médico de familia, educadores, amigos sanos de la persona, otros miembros de la familia como tíos, abuelos de la persona que atraviesa el problema, además obviamente de los padres. 

Es muy importante que se entienda que estoy completamente de acuerdo con este proyecto de ley en su espíritu, que sin duda es un ejercicio de empatía hacia todas las familias que sufren esta compleja situación de un familiar, pero creo necesario, hacer foco en los derechos de los usuarios de los programas de tratamiento, y con esto quiero decir que las decisiones clínicas se deben basar en el respeto a la voluntad de las personas enfermas y no solo en la eficacia contra la enfermedad. 

Poder rechazar una actuación médica no deseada, es una forma de ejercer la libertad y es un derecho. Con esto quiero decir que si se instrumenta la ley y se la ejecuta, la persona en un estado de intoxicación y negación de continuar con un proceso de tratamiento, no va a estar en condiciones de elegir el lugar al cual lo enviarán, pero una vez que vuelva a un estado de plena conciencia y a estar apto de elegir, se le deberá garantizar que pueda terminar el consentimiento o voluntad anticipada antes firmada. 

Otros de los puntos importantes que deberían a mi criterio estar presentes en esta ley, y que seguramente daría como resultado, que más personas se animen a firmar este consentimiento de tratamiento anticipado en caso de intoxicación, es que en ese acto se pudiera agregar información suficiente y de fácil comprensión, sobre los pasos a seguir en relación a que se produzca esa situación. Por ejemplo, que diga en el consentimiento anticipado, que el sistema de cumplimiento requerirá la participación del SAME, con guardia psiquiátrica, en el caso de nuestro país y en Ciudad de Buenos Aires, donde lo buscarían para contenerlo y lo llevarían hasta un centro de desintoxicación para que en tanto tiempo, pueda salir de ese cuadro y pensar junto a los agentes de salud, cual es el mejor tratamiento a seguir posteriormente a su desintoxicación. 

Bueno, por último, hacerles saber que la OMS, definió SALUD " como un estado completo de bienestar físico, mental y social, y no solamente la ausencia de afecciones o enfermedades, de tal forma que la Salud Mental es parte integral de la salud y el bienestar de las personas y que deberían estar garantizadas por los estados de nuestros países, fundamentalmente viendo que en muchos casos, el problema no es ni la cocaína ni la pasta base, sino las terribles e injustas situaciones de precariedad y desventaja social de muchas personas.

Autor: Juan Facundo Cincunegui
Director Ejecutivo del Programa CHOICE Counseling